From: Subject: LEY 13 Date: Sun, 18 Oct 2009 14:26:24 -0300 MIME-Version: 1.0 Content-Type: text/html; charset="iso-8859-1" Content-Transfer-Encoding: quoted-printable Content-Location: http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/l-13168.html X-MimeOLE: Produced By Microsoft MimeOLE V6.00.2900.5579 LEY 13

LEY 13168

 

Texto Actualizado con las modificaciones = introducidas=20 por Ley 14040.

 

EL = SENADO Y=20 C=C1MARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON = FUERZA=20 DE

 

LEY

 

ARTICULO=20 1=B0: = (Texto=20 seg=FAn Ley 14040)  Se = proh=EDbe en=20 todo el territorio de la Provincia ejercer sobre otro las conductas que = esta Ley=20 define como violencia laboral en el =E1mbito de los tres poderes del = estado=20 provincial, entes aut=E1rquicos y descentralizados y los=20 municipios.

 

ARTICULO 2=B0:=20 (Texto seg=FAn Ley 14040)  A los efectos de la = aplicaci=F3n de la=20 presente Ley, se entiende por violencia laboral el accionar de los = funcionarios=20 y/o empleados p=FAblicos o terceros vinculados directa o = indirectamente con=20 ellos, que vali=E9ndose de su posici=F3n jer=E1rquica o de = circunstancias=20 vinculadas con su funci=F3n, incurran en conductas que atenten contra la = dignidad,=20 integridad f=EDsica, sexual, psicol=F3gica y/o social del trabajador o = trabajadora,=20 manifestando un abuso de poder llevado a cabo mediante amenaza, = intimidaci=F3n,=20 amedrentamiento, inequidad salarial, acoso, maltrato f=EDsico, = psicol=F3gico y/o=20 social.

 

=B7       =20 Lo = subrayado=20 se encuentra Observado por el Decreto de Promulgaci=F3n n=BA 2032/09 de = la Ley=20 14040.

 

ARTICULO 3=B0:=20 Se = entiende=20 por maltrato f=EDsico a toda conducta que directa o indirectamente esta = dirigida a=20 ocasionar un da=F1o o sufrimiento f=EDsico sobre los=20 trabajadores.

 

ARTICULO=20 4=B0: Se=20 entiende por maltrato ps=EDquico y social contra el trabajador o la = trabajadora a=20 la hostilidad continua y repetida en forma de insulto, hostigamiento=20 psicol=F3gico, desprecio o cr=EDtica.

 

ARTICULO=20 5=B0: = Se define=20 con car=E1cter enunciativo como maltrato ps=EDquico y social a las = siguientes=20 acciones:

a)     =20 Obligar a=20 ejecutar tareas denigrantes para la dignidad = humana.

b)     =20 Asignar=20 misiones innecesarias o sin sentido con la intenci=F3n de=20 humillar.

c)     =20 Juzgar de=20 manera ofensiva su desempe=F1o en la = organizaci=F3n.

d)     =20 Cambiarlo de=20 oficina, lugar habitual de trabajo con =E1nimo de separarlo de sus = compa=F1eros o=20 colaboradores m=E1s cercanos.

e)     =20 Bloquear=20 constantemente sus iniciativas de interacci=F3n generando el aislamiento = del=20 mismo.

f)       =20 Prohibir a=20 los empleados que hablen con =E9l o mantenerlos incomunicados,=20 aislados.

g)     =20 Encargar=20 trabajo imposible de realizar.

h)     =20 Obstaculizar=20 y/o imposibilitar la ejecuci=F3n de una actividad, u ocultar las = herramientas=20 necesarias para realizar una tarea atinente a su = puesto.

i)       =20 Promover el=20 hostigamiento psicol=F3gico a manera de complot sobre un=20 subordinado.

j)       =20 Efectuar=20 amenazas reiteradas de despido infundado.

k)     =20 Privar al=20 trabajador de informaci=F3n =FAtil para desempe=F1ar su tarea y/o = ejercer sus=20 derechos.

 

ARTICULO=20 6=B0: = Se entiende=20 por acoso en el trabajo, a la acci=F3n persistente y reiterada de = incomodar al=20 trabajador o trabajadora, manifestada en comportamientos, palabras, = actos,=20 gestos y escritos que puedan atentar contra la personalidad, la dignidad = o la=20 integridad f=EDsica o ps=EDquica del individuo, o que puedan poner en = peligro su=20 empleo o degradar el clima de trabajo, en raz=F3n de su sexo, opci=F3n = sexual, edad,=20 nacionalidad, origen =E9tnico, color de piel, religi=F3n, estado civil, = capacidades=20 diferentes, conformaci=F3n f=EDsica, preferencias art=EDsticas, = culturales, deportivas=20 o situaci=F3n familiar.

 

ARTICULO=20 7=B0: = Se entiende=20 por inequidad salarial el hecho de instaurar y practicar la disparidad = salarial=20 entre hombres y mujeres, que ejercen en el mismo establecimiento = funciones=20 equivalentes.

 

ARTICULO=20 8=B0: = (Texto=20 seg=FAn Ley 14040) Ning=FAn empleado p=FAblico que haya denunciado = ser v=EDctima de=20 las acciones enunciadas en el art=EDculo 2=B0 de la presente Ley o haya = comparecido=20 como testigo de las partes, podr=E1 por ello ser sancionado, ni = despedido, ni=20 sufrir perjuicio personal alguno en su empleo, manteniendo su = remuneraci=F3n=20 habitual por todo concepto hasta la conclusi=F3n del sumario=20 respectivo.

 

ARTICULO=20 9=B0: = (Texto=20 seg=FAn Ley 14040) El incumplimiento de la prohibici=F3n establecida = en el=20 art=EDculo 1=B0 de esta Ley, ser=E1 causal de una sanci=F3n de orden = correctivo, que=20 podr=E1 implicar apercibimiento o suspensi=F3n de hasta sesenta (60) = d=EDas corridos=20 y/o traslado hasta la conclusi=F3n del respectivo sumario, salvo que por = su=20 magnitud y gravedad, o en raz=F3n de la jerarqu=EDa del funcionario = pueda=20 encuadrarse en figuras de cesant=EDa, exoneraci=F3n o ser considerado = falta grave,=20 seg=FAn el r=E9gimen disciplinario de que se = trate.


ARTICULO=20 10: Por cada denuncia que se formule se instruir=E1 un sumario. A = los efectos=20 de la tramitaci=F3n del mismo se aplicar=E1n las disposiciones = estatutarias del=20 r=E9gimen de empleo p=FAblico al que pertenezca el sujeto denunciado. Si = el cargo=20 fuera sin estabilidad y no estuviera alcanzado por los estatutos del = personal,=20 el titular del poder u organismo al que perteneciere el trabajador = determinar=E1=20 el procedimiento a seguir para formular la denuncia y designar=E1 un = instructor a=20 efectos de sustanciar el sumario y de constatar la existencia del hecho=20 irregular, luego de lo cual se proceder=E1 a la remoci=F3n y/o = destituci=F3n del=20 cargo.
En la instrucci=F3n del sumario respectivo se deber=E1 = garantizar el=20 car=E1cter confidencial de la denuncia.

 

ARTICULO=20 11: En = el=20 supuesto que un particular incurra en alguna de las conductas descriptas = en el=20 art=EDculo 2=B0, el funcionario responsable del =E1rea en que se = produzca este hecho=20 deber=E1 adoptar las medidas conducentes a preservar la integridad = psico-f=EDsica de=20 los empleados y la seguridad de los bienes del Estado Provincial, bajo=20 apercibimiento de sustanciarse el sumario = respectivo.

 

ARTICULO=20 12: = Comun=EDquese=20 al Poder Ejecutivo.